lunes, 6 de julio de 2009

Becas para FP y Bachillerato

Los estudiantes de enseñanzas postobligatorias pueden obtener las ayudas del Ministerio de Educación siempre que cumplan con los requisitos económicos y académicos exigidos.

El desplazamiento entre el domicilio y el centro de estudios, la adquisición de material escolar o la compensación de ingresos por continuar estudiando constituyen las ayudas que cada año pueden solicitar los estudiantes de nuestro país de enseñanzas postobligatorias no universitarias. Estas becas al estudio de carácter general y de movilidad, que convoca cada año el Ministerio de Educación, no tienen límite de beneficiarios, pero para poder obtenerlas es necesario cumplir una serie de requisitos académicos y económicos que determinan la cuantía y los usos de las ayudas que se pueden percibir.

  • Autor: Por MARTA VÁZQUEZ-REINA
  • Consumer Eroski: 3 de julio de 2009

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- Imagen: Jeff Hitchcock -

En nuestro actual sistema educativo las enseñanzas obligatorias abarcan desde los 6 años (1º de Primaria) hasta los 16 (4º de Educación Secundaria Obligatoria), transcurridos esos 10 años, los jóvenes españoles pueden decidir continuar con sus estudios en las enseñanzas postobligatorias o abandonarlos e incorporarse al mercado laboral. Para incentivar la continuidad de la formación de los estudiantes, sin que los motivos económicos sean la argumentación del abandono, cada año el Ministerio de Educación convoca una serie de ayudas y becas al estudio que facilitan la permanencia en el sistema educativo de quienes se quieran incorporar a las enseñanzas tanto de Bachillerato, como de Formación Profesional, enseñanzas Artísticas o Deportivas.

Estas becas, que se pueden solicitar hasta el 30 de septiembre, se otorgan para diferentes usos y su concesión está limitada a los estudiantes que cumplan con los requisitos exigidos por el Ministerio.

Requisitos económicos

Las becas y ayudas al estudio están creadas para aquellas familias más desfavorecidas económicamente, por eso, para su concesión es requisito obligatorio que el nivel de renta y patrimonio familiar del estudiante no supere los umbrales establecidos por el Ministerio de Educación para cada una de las ayudas. El estudiante cuya renta no sobrepase los límites del nivel más bajo (umbral 1) tendrá derecho a todos los componentes de las ayudas que se ofrecen para su nivel de enseñanza, mientras el que tenga la renta en el umbral 5, el más alto, se podrá beneficiar únicamente de la ayuda para material escolar.

Al calcular la renta familiar se pueden aplicar deducciones que, en algunos casos, hacen al estudiante beneficiario de un mayor número de ayudas

Hay que tener en cuenta que a la hora de calcular la renta familiar a efectos de obtener una beca se pueden aplicar una serie de deducciones que en algunos casos variará el umbral de renta del estudiante y, por tanto, es posible que le haga beneficiario de un mayor número de ayudas. Estas deducciones, especificadas en la convocatoria de las becas, se pueden aplicar en el caso de familias numerosas, de miembros de la familia afectados por minusvalía, por orfandad, o por miembros de la unidad familiar cursando estudios universitarios fuera del domicilio familiar.

Requisitos académicos

Para obtener una beca en estas enseñanzas los estudiantes deben matricularse del curso completo o de al menos la mitad de los módulos o materias que componen el ciclo o curso que estén cursando, a menos que al estudiante le queden un número menor de módulos o asignaturas para finalizar los estudios, puesto que en esta circunstancia también se le podrá conceder la ayuda. Asimismo, para que sea concedida la beca, que no se puede disfrutar durante más años de los establecidos en el plan de estudios, los solicitantes de segundo curso deberán haber superado una carga lectiva determinada; los estudiantes de Grado Superior de FP, Artes plásticas y diseño y Enseñanzas deportivas tienen que tener aprobado al menos el 80% de los módulos en los que estaban matriculados en el curso anterior y los alumnos de Bachillerato, Enseñanzas profesionales de música y danza y Grado Medio de FP, Artes plásticas y diseño y Enseñanzas deportivas no obtendrán beca si repiten curso, ya sea total o parcialmente.

Los estudiantes que repiten curso, ya sea total o parcialmente, no pueden obtener una beca

En el caso de alumnos de estas enseñanzas que cursen estudios no presenciales o específicos para personas adultas deben matricularse en un número de módulos con una carga horaria igual o mayor de 500 horas y deberán aprobarlos en su totalidad para poder mantener la beca en el siguiente curso académico. Estos estudiantes, a diferencia de los anteriores, podrán solicitar la beca durante los años establecidos en el plan de estudios más un año adicional.

Requisitos específicos

Cada uno de los tipos de ayudas que se pueden obtener con las becas del Ministerio de educación para enseñanzas postobligatorias exige asimismo unos requisitos específicos para su concesión:

  • Ayuda compensatoria: para poder obtener esta ayuda es requisito imprescindible haber nacido antes de 1 de enero de 1994, en el caso de becas para el curso 2009-2010. Por otra parte, esta ayuda no la pueden solicitar ni los estudiantes de enseñanzas de personas adultas y de matrícula parcial, ni los que cursen estudios no presenciales.
  • Desplazamiento: esta ayuda, que no es compatible con la de residencia, se concede únicamente cuando se certifique que no hay un centro docente adecuado a menor distancia para la que se solicita la ayuda en la localidad donde reside el estudiante, o en caso de haberlo, que no disponga de plazas para los estudios que se quieren realizar. Además, a los estudiantes que realicen estudios no presenciales sólo se les puede conceder la ayuda de desplazamiento de 10 a 30 km.
  • Residencia: la ayuda de residencia se concede siempre que se demuestre la necesidad de residir fuera del domicilio familiar por razones de distancia entre éste y el centro docente y la inexistencia de medios de transporte para desplazarse a diario entre ambos lugares.
  • Escolarización: el componente de escolarización se puede solicitar siempre que se esté obligado al pago de la enseñanza en centros no sostenidos con fondos públicos (privados sin concierto) o en centros privados en régimen de concierto singular.
  • Suplemento de ciudades: la ayuda suplementaria que se concede a los estudiantes que residen en ciudades de más de 100.000 habitantes no la pueden solicitar ni las personas que cursen estudios no presenciales ni las que tengan derecho al suplemento de ayuda de residencia para ciudades de más de 100.000 y 500.000 habitantes.

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